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Adocco afirma que la regla no es la excepción, sino la equidad y la licitación entre los oferentes

  • Julio César de la Rosa Tiburcio advierte sobre uso abusivos de la excepción en caso SNS.

Panorama Nacional.  El presidente de la Asociación Dominicana en Contra la Corrupción (Adocco), Julio César de la Rosa Tiburcio admitió este miércoles que cumpliendo con la ley se hace uso abusivo de la excepción, al igual que, la urgencia y emergencia, por las declaraciones de Carlos Pimentel y el caso del Servicio Nacional de Salud (SNS).


Carlos Pimentel

Sobre la excepción De la Rosa dijo es más que aquella modalidad que se debe emplear ante la aparición de algún elemento que evite someterme a un proceso durante el tiempo que establece la propia ley. Como bien señala, excepción, que no es regla.

“La regla es que se le dé participación a todos los oferentes registrados y que en atención a ellos, cuando no haya quien pueda suplir el rubro que produzca la necesidad en una entidad pública para cumplir con su política en este caso la política de salud, se pueda recurrir a ella”, detalló Tiburcio.

El actor de la sociedad civil valoró como positivo el trabajo periodístico de Panorama y de corte responsable, por darlo a conocer al país reconociendo que es una situación que se viene dando en muchas instituciones y casos como el Seguro Nacional de Salud (Senasa) y ahora el Servicio Nacional de Salud (SNS).

Dijo que tanto el Senasa como el SNS tienen el común denominador de abordar las políticas en materia de seguridad social e ir en auxilio de los que menos tienen, “pues, se aprovechan, precisamente, de esa condición para defraudar al Estado.

“Penosamente, cuando vemos a las instituciones llamadas a la fiscalización y a la rectoría del sistema de Compras y Contrataciones Públicas a través del cual se montan esquemas para defraudar al Estado”, dijo Tiburcio, asimismo que, en la nueva Ley Núm. 47-25 se contempla la transparencia, la equidad, la economía y la participación como principios dejados de lado por la institucionalidad dominicana.

Habló del pliego de condiciones sobre los montos, los vehículos para transporte y todos los requerimientos, que a su juicio es insostenible por la cantidad limitada de oferentes. Recomendando hacerse licitación bajo el principio de la participación.

Carlos Pimentel (Panorama)

Carlos Pimentel, director de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), afirmó que el reportaje de Panorama “El otro Senasa”, distorsiona la naturaleza jurídica de los procedimientos y que podría generar una “percepción errónea” sobre su legalidad. Esa afirmación merece ser respondida en el mismo terreno donde se produjo el debate: el de los hechos, no el de las impresiones.

La Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas es clara y establece que las compras por excepción constituyen una modalidad extraordinaria utilizada por las instituciones públicas cuando no es posible aplicar los procesos ordinarios de contratación, debido a condiciones especiales justificadas en la normativa, una de estas es la exclusividad, que puede realizarse mediante selección competitiva o directa según la naturaleza del caso.

El Manual General de Procedimientos de Contratación por Excepción, explica que la exclusividad se aplica cuando la oferta del bien o servicio está limitada a un grupo reducido de proveedores que cuentan con acreditaciones o certificaciones especiales, lo que restringe la competencia en el mercado. Por ello, las instituciones deben realizar estudios previos que demuestren que existe una oferta restringida e invitar a todos los proveedores que posean dicha exclusividad, con el objetivo de mantener la competencia y obtener mejores condiciones para el Estado. ¿Hizo el Servicio Nacional de Salud este estudio?, de ser así, ¿dónde está?

Carlos Pimentel busca la forma de desviar el debate y la opinión pública al referir que Panorama distorsiona con «El otro Senasa». (R. Sandoval).

Asimismo, el manual exige que cada proceso esté debidamente fundamentado mediante informes técnicos y documentación que justifique la selección del procedimiento a fin de garantizar la transparencia. ¿Dónde se encuentran estos informes?

En ese sentido, es preciso destacar, que Panorama no sostuvo que la modalidad de exclusividad sea ilegal, porque queda claro en la ley, por el contrario, el reportaje advierte cómo esa figura fue utilizada de manera reiterada desde 2020 para comprometer más de RD$13,000 millones en dos renglones sensibles del sistema público de salud, con adjudicaciones concentradas, procesos excepcionales consecutivos a pesar de contar con impugnaciones formales por parte de competidores, uno de ellos, es el Consorcio Suplimedrenalhelp, que en abril de 2024, interpuso un recurso de apelación contra el pliego de condiciones específicas para la contratación de servicios de diálisis peritoneal y automatizada para pacientes renales en el país.

“Ninguna empresa dedicada a este rubro, salvo la que actualmente ofrece estos servicios e insumos al SNS, (en referencia a Macrotech Farmacéutica), tiene en el país la capacidad financiera para tener un inventario de alrededor de tres millones de dólares, incluyendo vehículos de motor, para la simple presentación de una oferta, para la participación en un procedimiento de selección de oferentes, existiendo solo una simple expectativa de poder resultar adjudicatario”, reza un párrafo de la impugnación de la empresa citada lo que indica que lo que hoy destaca Panorama en su reportaje ya se venía cuestionando en silencio.